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año:2022
 
institución:MUNICIPALIDAD DE UPALA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 10004 15 de junio de 2022 DJ-1333-2022 Msc. Aura Yamileth López Obregón Alcaldesa Municipalidad de Upala ylopez@muniupala.go.cr Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta sobre pago por prohibición. Se refiere este Despacho a su oficio MU-ALM-OFIC-0255-04-2022 del 5 de abril de 2022, en el que se solicita a esta Contraloría General criterio sobre la procedencia o no del pago por prohibición al contador y tesorero municipales. La consulta se acompañó del criterio legal emitido por el asesor legal de la Municipalidad de Upala mediante oficio CL-13-2021 del 2 de mayo de 2022, en el cual se concluyó que de acuerdo con la Ley de Salarios de la Administración Pública el pago de prohibición procede en los casos legalmente estipulados y en caso contrario no procede. Asimismo, la consulta planteada refiere al oficio 075-DTTIMC-PR-022-20222 de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), el cual se indica señaló que no se desprende que al contador y tesorero municipales se les asignen funciones propias de la administración tributaria o bien tengan labores estrechamente relacionadas con esta materia, a partir de lo que recomendó a la Alcaldía realizar la consulta al respecto. I CONSIDERACIONES PRELIMINARES La potestad consultiva de la Contraloría General de la República se encuentra regulada en el artículo 29 de su Ley Orgánica (Ley número 7428 del 7 de setiembre de 1994), de conformidad con el cual el órgano contralor atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:ylopez@muniupala.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de su fiscalización y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la misma no ...
Fecha publicación: 15/06/2022
Fecha emisión: 15/06/2022
Documento: 10004-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 8861 31 de mayo del 2022 CGR/DJ-1183 Señora Aura Yamileth López Obregón Alcaldesa MUNICIPALIDAD DE UPALA Correo electrónico: ylopez@muniupala.go.cr Estimada señora: Asunto: Consulta relacionada con la procedencia de que el vicealcalde segundo pueda sustituir con todas las obligaciones y beneficios al vicealcalde primero cuando disfruta de licencia. Nos referimos a su nota n° MU-ALM-OFIC-0293-2022 del 27 de abril de 2022, mediante la cual consulta sobre la procedencia jurídica de que el vicealcalde segundo pueda sustituir con todas las obligaciones y beneficios al vicealcalde primero, cuando éste último goza de licencia sin goce de dieta al tenor de lo que establece el artículo 32 inciso a) del Código Municipal. La duda, según se indica, nace en razón de que “internamente se han conocido diferentes criterios, como lo son el Criterio C-246-2011, el cual interpretamos como que, si se realizó la solicitud por la vía indicada en el inciso y artículo anteriormente descrito, procede, entendiendo que quien puede lo más puede lo menos, mas, sin embargo, también se analizó el criterio C-007-2013, el cual se interpreta como que no, y que solo podría sustituir el Vicealcalde Segundo al Alcalde o Alcaldesa, lo cual nos genera la incertidumbre o falta de claridad y da pie a la presente consulta”. A dicha consulta se anexan no sólo los criterios C-246-2011 y C-007-2013 de la Procuraduría General de la República, sino también el oficio n° MU-AL-OFIC-034-2022 del 5 de abril de 2022, suscrito por el Lic. Luis Chaves Carvajal, asesor legal de la Municipalidad de Upala. http://www.cgr.go.cr/ mailto:ylopez@muniupala.go.cr División Jurídica ...
Fecha publicación: 01/06/2022
Fecha emisión: 31/05/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Jerarca


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 06912 26 de abril del 2022 DJ-0917 Señora Aura López Obregón, Alcaldesa MUNICIPALIDAD DE UPALA Ce: ylopez@muniupala.go.cr Estimada señora: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Criterio legal. Se refiere este Despacho a su oficio número MU-ALM-OFIC-0255-04-2022, mediante el cual solicita criterio a este Órgano Contralor sobre si procede el pago de prohibición al contador y tesorero de la municipalidad. De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la República. De acuerdo con ello se advierte que su consulta no cumple con lo preceptuado en el inciso 6) de dicho artículo que textualmente cita: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ...
Fecha publicación: 26/04/2022
Fecha emisión: 26/04/2022
Documento: 6912-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 6865 25 de abril del 2022 DJ-0904-2022 Señor Luis Chaves Carvajal, Asesor Legal. MUNICIPALIDAD DE UPALA Ce: lchaves@muniupala.go.cr Estimado señor: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Falta de presentación por parte del jerarca. Se refiere este Despacho a su oficio número MU-AL-OFIC-034-2022, con fecha 05 de abril del 2022, mediante el cual solicita criterio a este Órgano Contralor sobre si en razón de que el vicealcalde primero se encuentra con licencia sin goce de dieta, puede o no sustituir el vicealcalde segundo en todas las obligaciones y beneficios de este. De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en La Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la República. En el inciso 4), destaca que la consulta debe ser presentada por el jerarca administrativo, citando lo siguiente: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San ...
Fecha publicación: 25/04/2022
Fecha emisión: 25/04/2022
Documento: 6865-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE UPALA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO